Este programa de Gestión de Mercado del servicion Nacional de Aprendizaje SENA, forma profesionales que contribuyan al desarrollo económico, social y tecnológico de su entorno y del país, así mismo ofrecer a los aprendices formación en las tecnologías relacionadas con la planeación y segmentación de mezclas óptimas de productos y servicios que sacien plenamente las necesidades, deseos y demandas del consumidor o del mercado seleccionado como meta. En el aspecto socioeconómico, cualquier sector de la economía industrial, agrícola, comercial o de servicio, requiere del mercadeo y las ventas para llevar a cabo su misión, filosofía y visiónempresarial.
Mile Araque
lunes, 30 de marzo de 2015
domingo, 22 de marzo de 2015
DEBERES Y DERCHOS DEL APRENDIZ SENA
CASO 2
Federico es
aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad
virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su
instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le
hace a la misma.
Federico
manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha
solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado
que los carnés son para los aprendices de la modalidad
presencial.
Federico
llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento
le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
De acuerdo con el
Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una
respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en
qué capítulo del Reglamento se basaría?
es
importante que todo el personal que pertenece a un establecimiento de
educación deba conocer el reglamento
institucional, para reconocer sus
deberes y derechos, como respuesta a la
presente situación se evoca el Articulo 3, el cual dice”
Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas
de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación:
Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual
o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y
deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo. Asi mismo Se da complemento con el argumento referenciado en
el capítulo 7 el cual expone los derechos del aprendiz SENA durante el proceso
de aprendizaje; en el punto 3 y 4 los
derechos siguientes:
3. Disponer en el Centro
de Formación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos
y
bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las
instalaciones y la dotación del centro de formación o de otros ambientes
educativos donde la entidad desarrolle acciones de formación, de acuerdo con la
reglamentación respectiva. Para programas de formación con modalidad virtual el
SENA dispondrá a través del ambiente los recursos requeridos para el desarrollo
de la formación.
4.
Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite
como Aprendiz del SENA.
Por
lo tanto bajo lo ya referenciado en los
artículos citados, no se está cumpliendo
con los derechos del aprendiz SENA, Federico puede ejercer sus derechos
si tiene pleno conocimiento de estos y referenciarlo. Por otro lado, el manual de los derechos del aprendiz SENA “GESTIÓN
ACADÉMICO ADMINISTRATIVA “en el ARTÍCULO 15. Se relaciona que Los Centros de Formación Profesional
responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes
solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación,
solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo
centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de
los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta
respectiva, lo cual le da derecho a emitir un derecho de petición o solicitud
por escrito de su carnet, o una certificación que lo
acredite como aprendiz SENA, teniendo en cuenta que su modalidad es virtual,
sin embargo, el mediante la solicitud tendrá
su respuesta que lo acredite como aprendiz SENA.
2. En relación con la líder de bienestar,
¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue
acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Equivocada,
ya que está desconociendo los derechos
que están descritos en el capítulo 7 el cual expone los derechos
del aprendiz SENA durante el proceso de aprendizaje en el punto 4 lo
siguiente:
4.
Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite
como Aprendiz
del
SENA.
CASO
4
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar
unas situaciones que se han presentado con algunos aprendices.
Al finalizar la reunión, uno de los
miembros del equipo les manifiesta a los aprendices que formalmente el
subdirector del centro les enviará un comunicado con la información pertinente,
pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices
las medidas formativas correspondientes.
Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta
disciplinaria. Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por
su buen desempeño. Uno de los aprendices plantea que no recuerda en qué
consiste las faltas académicas y disciplinarias.
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices,
explique a los compañeros lo siguiente:
1. ¿Cuáles son las
medidas formativas y en qué consisten?
Las Medidas Formativas se encuentran descritas dentro del reglamento
del aprendiz como aquellas acciones que se aplican al Aprendiz
SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden
Académico
o disciplinario, consiste en emplear acciones que no afectan
derechos, los deberes y
prohibiciones; siendo adopta con el fin de generar cambios en el desempeño
académico o en el comportamiento
disciplinario del Aprendiz:
1. Llamado de atención verbal: Cuando
se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o
disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o cuando sea
necesario para prevenir la ocurrencia de
hechos que vulneren esos deberes, derechos y prohibiciones, el aprendiz podrá recibir
un llamado de atención verbal por parte del (los) Instructor, el Coordinador Académico,
el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro.
Este llamado de atención
verbal no constituye una sanción.
Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir acciones de formación, previo
agotamiento de estrategias pedagógicas del instructor e iniciativas del
aprendiz, el Plan de Mejoramiento es un documento que consigna acciones
concertadas entre el Aprendiz y el Instructor o el Coordinador Académico, que
se formula durante la ejecución del programa de formación para garantizar el
logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del
término de un (1) mes contado a partir de la concertación del mismo con el
Aprendiz.
Cuando
se le ha realizado un llamado de atención escrito o condicionamiento de matrícula;
el Plan de Mejoramiento será firmado por el Aprendiz. El plan de mejoramiento
deberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los objetivos
del proceso formativo; se deben identificar el o los resultados de aprendizaje
que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe presentar
el aprendiz para evaluar su logro.
Será
responsabilidad del equipo de instructores o del Coordinador que haya designado
el Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición
de este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados de
aprendizaje definidos en este plan.
Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental, actitudinal o social, para
propiciar en el Aprendiz cambios en su conducta, cuando se le ha impuesto
sanción disciplinaria consistente en llamado de atención escrito o
condicionamiento de matrícula; este plan debe ser firmado por el Aprendiz y
deberá contemplar la falta cometida y las evidencias de cambio en el
comportamiento que se esperan en un período máximo de un (1) mes contado a
partir de la concertación respectiva.
Será
responsabilidad del Instructor o del Coordinador que haya designado el
Subdirector de Centro en el acto sancionatorio, participar en la definición de
este plan de mejoramiento, evaluar el avance y el logro de los resultados
comportamentales definidos en este plan.
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a
los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
Las sanciones que pueden
imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
a. Llamado de atención
escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación
escrita dirigida por el
Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia
a la hoja de vida, como
resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta
académica o disciplinaria
cometida por un aprendiz. Los llamados de atención escrito implican
compromisos escritos por
parte del aprendiz en el proceso de formación.
b. Condicionamiento de la
matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz
que incurra en una falta
académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento
establecido en este
Reglamento.
El condicionamiento de
matrícula cesa cuando el Aprendiz cumple el plan de mejoramiento
concertado y /o compromisos
escritos.
Una vez quede en firme el
condicionamiento de la matrícula, el Subdirector del Centro debe
generar la pérdida de
estímulos e incentivos que esté recibiendo el aprendiz, si los tuviere. Esta
decisión será determinada en
el acto académico que ordene el condicionamiento de matrícula.
Cancelación de la matricula.
Acto administrativo que se origina cuando persisten en el aprendiz
las causales que originaron
el condicionamiento de matricula o por faltas catalogadas como
graves de acuerdo a la
clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento, en las
etapas lectiva y productiva.
Implica que la persona sancionada pierde la condición de aprendiz
y no puede participar en
procesos de ingreso a la institución por periodo entre 6 y 12 meses
cuando es de índole
académico y entre 12 y 24 meses cuando es de índole disciplinaria, de
acuerdo a las
recomendaciones del comité de evaluación y seguimiento.
Una vez en firme la sanción,
debe entregar
3. Mencione por lo
menos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptado para beneficio de los
aprendices y qué casos se otorgan.
Disfrutar de los beneficios de bienestar al Aprendiz Sena, orientados
a garantizar la formación integral, conforme a la normatividad que rija este
tema en el Sena.
6. Recibir por parte de la comunidad educativa orientación académica
y actitudinal que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia
social.
viernes, 13 de marzo de 2015
ESTACION "MI CONTEXTO DE FORMACION"
MI CONTEXTO DE FORMACION
En el servicio nacional de aprendizaje Sena brinda la posibilidad de formar y desarrollar personas productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país. Con la oferta de de los programas de formación en modalidad presencial y virtual, para dar color y cumplimiento a los sueños y metas de los Colombianos. Ver Mas => http://prezi.com/pc9eeo9xp8yb/?utm_campaign=share&utm_medium=copy&rc=ex0share https://prezi.com/pc9eeo9xp8yb/sena/
jueves, 12 de marzo de 2015
Mi Presentcion Personal.
Soy Miledis Araque Guerra, tengo 26 años nacida en departamento del cesar, e hija adoptiva del municipio de Hatonuevo- La Guajira, como objetivo principal tengo desarrollar y culminar con éxitos esta carrera, así mismo intruirme y fortalecer mis habilidades. http://about.me/mile_araque
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